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Delito de manipulación genética

Publicado por Ramón Contreras

Desde los timepos de la ciencia ficción más futurista, allá por el siglo XIX, ya se veía con malos ojos la modificación de las personas en el mito de Frankestein. Sin embargo, todo quedaba en el terreno de la fantasía hasta no hace tanto tiempo. La clonación de la oveja Dolly dio lugar a que la sociedad e diera cuenta de la realidad científica. Estamos haciendo más descubrimientos cada año que los siglos anteriores juntos. Durante el siglo XX y principios del XXI la ciencia ha evolucionado a marchas agigantadas , tanto que en muchas ocasiones las innovaciones acaban siendo desestimadas por caducas con gran velocidad. Un claro ejemplo lo podemos ver en la tecnología. Desde la aparición de los discos de vinilo hasta la reproducción de música en la nube ha pasado menos de 100 años. Aquellas gentes no podían imaginar cómo sería el futuro.

Algo parecido pasa con la genética y la manipulación genética. Sin embargo, gracias a la divulgación científica y al avance de la sociedad (gracias a las preguntas éticas y morales que ha tratado la ciencia ficción en avanzada muchas veces) en la actualidad podemos tener recogido en la Constitución de un país algo como el delito genético.

Hablábamos no hace mucho sobre la legalidad de publicar el genoma completo de una persona y el prejuicio de sus descendientes que pueden ser clasificados en un grupo u otro por las aseugradoras de vida. Pero los delitos genéticos también hacen referencia a la manipulación y a la creación de laboratorio o fruto de las investigaciones aplicadas.

Por ejemplo, muchos países han adoptado como ley el hecho de que no se pueden alterar embriones humanos para mejorar sus genes, solo estaría permitido para eliminar una enfermedad genética o alteraciones del número de cromosomas. Por ejmplo estaría prohibido hacer a la persona más alta y guapa (cosa que en la actualidad no se sabe cómo llevar a cabo igualmente). En la Unión Europea las penas por la modificación o manipulación de embriones con estos fines tiene una pena de entre 2 y 6 años de cárcel y casi una década de inhabilitación para trabajar en nada relacionado. Si esto se hace como un caso de negligencia grave pueden aumentar las multas. La clonación de seres humanos, aunque sea por motivos de fecundación está prohibida. Por ahora, las personas tienen que ser únicas, salvo que la naturaleza diga lo contrario y haga gemelos. En la línea de la reproducción también es ilegal embarazar a una mujer sin su consentimiento, en este caso hablaremos de reproducción asistida sin consentimiento. De manera similar a la prohibición de seleccionar individuos con características concretas salvo para eliminar enfermedades tampoco se puede seleccionar los embriones en función de características raciales o étnicas.

Otro punto que está regulado es la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la reproducción. En algunos países esta ley no existe o tiene sutiles modificaciones, como los embriones quiméricos de varias especies.

Pero no son solo los humanos los que están protegidos por ley. Igualmente está prohibida la manipulación genética de cualquier organismo vivo con el fin de construir un arma biológica. En este caso las penas son similares, con hasta 7 años de cárcel y una inhabitación similar. Tal vez esto parezca del futuro, sin embargo es muy actual y representa la preocupación de la sociedad por las implicaciones éticas de manipular a las personas.